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Establecen multas de entre 601 y 30.000€ para quienes incumplan las medidas decretadas

Dispositivo del Cuerpo Nacional de Policía, este mediodía junto a la Residencia Militar. // CharryTV

Dispositivo del Cuerpo Nacional de Policía, este mediodía junto a la Residencia Militar. // CharryTV

Efectivos de la Policía Local y el Cuerpo Nacional de Policía de Ronda ya han comenzado a realizar controles

15 Mar 2020 - 13:21 // Charry TV Noticias

La Policía Local de Ronda y el Cuerpo Nacional de Policía han comenzado diferentes controles para comprobar que se cumplen las medidas ordenadas ayer tanto por el Gobierno Central como por el Ayuntamiento de Ronda, sobre la ocupación de vía pública de establecimientos y el tránsito de personas por las calles de la ciudad, además de la circulación de vehículos. De esta manera, dentro del Estado de Alarma declarado en nuestro país por la pandemia del coronavirus se van a llevar a cabo las siguientes medidas y comprobaciones:

- Comprobar, y en su caso ordenar el cierre, de todos los establecimientos a los que no se les permite actividad. A los hoteles con bar o restaurante les está permitido servir a sus clientes. Se podrán realizar las comprobaciones policiales pertinentes sobre estos extremos, cotejando la identidad de los clientes con el listado de alojados.

- No se permitirá la permanencia en las vías y espacios públicos, como plazas, paseos, etc., ni se permitirá los “corrillos” de grupos. Solo se permite transitar a dos personas juntas, cuando una de ellas necesite la asistencia de la otra.

Solo se permiten las salidas del domicilio a realizar las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

Se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio. Pero solo podrá ocupar el vehículo una persona, salvo que en el desplazamiento se trate de acompañar a personas que necesitan asistencia.

El incumplimiento de lo preceptuado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, será propuesto para sanción conforme a lo establecido en el Art. 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana con multas de 601€ a 30.000€.

Por otra parte, el cuerpo de voluntarios de Protección Civil ha comenzado ha recorrer las calles de la ciudad con sus vehículos emitiendo un mensaje a través de megafonía donde recuerda a los ciudadanos la necesidad de permanecer en sus hogares, cumpliendo las normas establecidas, pidiendo un ejercicio de responsabilidad y cautela para frenar la expansión del coronavirus.

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